Doctores de la Iglesia

Concepto y autoridad

Los tres requisitos para que alguien pueda ser considerado Doctores de la Iglesia, según Benedicto XIV, son: insigne santidad de vida, doctrina celestial eminente y reconocimiento o declaración expresa del Sumo Pontífice: cfr. De servorum Dei beatificatione et canonizatione, lib. IV, 2, c. 11, n° 8-16; Juan XXIII, en AAS 51 (1969) 460. Con respecto al concepto de Padre de la Iglesia, el de Doctores no siempre implica la antigüedad, pero exige necesariamente una ciencia extraordinaria y una aprobación más solemne de la Iglesia. La liturgia especial en las fiestas o memorias de los Doctores incluye una antífona propia del Magnificat (O Doctor optime) en el Oficio divino, y Misa propia: In medio Ecclesiae (desde 1960 se ha suprimido de ella el Credo: cfr. Rubricae Breviarii et Missalis Romani, Roma 1960, n° 476).

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