Dispensa

Privilegio; más comúnmente el concedido por el papa. Instrumento o escrito que contiene la dispensa. Derecho canónico La etimología de la palabra dispensar proviene del verbo latino pensare, pesar, y el prefijo dis, con la idea de separación; por lo que el verbo latino dispensare significa conceder, pero pesando cada cosa por separado. La definición canónica de dispensa se recoge tanto en el CIC de 1917 («relajación de la ley en un caso especial», can. 80) como en el CIC de 1983 («relajación de una ley meramente eclesiástica en un caso particular», can. 85). El problema técnico más interesante y discutido sobre la naturaleza jurídica de la dispensa se centra en torno al carácter jurídico innovador o no de la dispensa frente a la ley que relaja. O dicho de otra forma, si la dispensa es una norma jurídica distinta o no de la ley que relaja. Seguir una u otra opinión implica poder hacer partícipe o no a esta figura de las características propias de la norma...

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