Asociación

[En idioma alemán, vereinigung; en francés, association; en inglés, association; en italiano, associazione.] En el ámbito del Derecho, la asociación es una libertad pública fundamental consustancial y característica del estado de derecho democrático. Desde mediados del siglo XIX, se impuso gradualmente el pleno reconocimiento constitucional de la libertad de asociación. Este derecho incluye tres notas características: a) la libertad de los particulares a asociarse o a adherirse a asociaciones ya existentes; b) libertad de las asociaciones para que, una vez creadas, desarrollen sus actividades e incrementen sus recursos; y c) libertad del individuo dentro de la asociación, para mantener sus posiciones particulares y exigir el respeto de éstas. Los tribunales son los únicos legitimados en un estado de derecho para decretar la suspensión o disolución de las asociaciones. La Constitución española de 1978 reconoce el derecho de asociación, siempre y cuando con ello se...

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