Addictio

Es el sustantivo que corresponde al verbo addicere, en Derecho romano uno de los tria verba sollemnia que se comprendían en la iurisdictio del pretor. Los otros dos (dare, dicere) se refieren respectivamente a «dar la fórmula con el nombre del juez» y a formular todo tipo de declaraciones para la buena marcha del litigio. Addicere quiere decir el conjunto de actos que producen una atribución constitutiva a favor de las partes litigantes y es muy probable que la addictio fuera la forma por la cual el magistrado decidía como juez los litigios de la época arcaica. Así, en la época de las legis actiones la ejecución de los deudores se hacía mediante la manus iniectio, que conducía en último término a la addictio (hecha por el magistrado) de la persona del deudor a favor del vencedor. En el Derecho romano clásico, la addictio es un acto formal de atribución de la propiedad, que corresponde a un magistrado. Se aplica en las públicas subastas, en las que el magistrado...

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